Los asesores fiscales recomiendan presentar la solicitud de rectificación antes de que se pronuncie el Constitucional, que podría vetar compensaciones que no hubiesen sido solicitadas previamente
Los asesores fiscales recomiendan a los 12.000 altos
contribuyentes que han abonado el primer pago del impuesto de solidaridad
sobre las grandes fortunas presentar en las próximas semanas la solicitud de
rectificación y la devolución por ingresos indebidos. Todo ello con la vista
puesta en que se cumplan los plazos previstos y el Tribunal Constitucional
resuelva antes de que termine el año los recursos presentados por varias
autonomías contra el gravamen, tal y como avanzó este diario la semana
pasada.
La estrategia aconsejable consiste en pagar en forma y plazo para, más
tarde, “solicitar la rectificación de la autoliquidación y la devolución de
ingresos indebidos y, de esta manera, aprovechar un eventual fallo favorable a
los intereses del contribuyente”, explicó ayer Luis del Amo, secretario técnico
del REAF del Consejo General de Economistas, en una jornada organizada por los
asesores fiscales para analizar la imposición patrimonial en España.
La decisión del momento de presentar la solicitud de rectificación es
“importante”. Si se hace demasiado pronto, prosiguió, el afectado corre el
riesgo de que se agote la vía administrativa antes de tiempo, teniendo que
acudir a la jurisdicción contenciosa y hacer frente a los gastos derivados. Por
el otro lado, “si esperamos demasiado, puede que el Constitucional dicte
sentencia y no considere autoliquidaciones susceptibles de ser revisadas
aquellas cuya rectificación no hubiera sido solicitada antes”, añade Del Amo,
dejando a estos obligados tributarios sin opciones de recibir las
compensaciones.
Hay precedentes que llevan a pensar que esto podría ser así, como
ocurrió con las liquidaciones provisionales o definitivas del impuesto de
plusvalía municipal o con la responsabilidad patrimonial del Estado en el
periodo más duro de la crisis sanitaria del Covid-19. “Aconsejamos no
despistarse, tenemos la experiencia de lo que ocurrió con la plusvalía
municipal”, remató el presidente del consejo, Valentín Pich.
El Constitucional quiere zanjar antes de que acabe el año el debate
sobre la legalidad de este tributo y la previsión es que “antes de las fiestas
navideñas” el Pleno del tribunal de garantías discuta este asunto, según
fuentes conocedoras. Por ello, sugieren los asesores fiscales, este es el momento
idóneo para que los contribuyentes que han pagado presenten las rectificaciones
correspondientes de cara a aprovechar un potencial fallo favorable a sus
intereses.
Cabe recordar que el Constitucional estudiará recursos de comunidades
como Madrid y Andalucía, que denuncian la ilegalidad del tributo por varias
razones. Desde el Gobierno, por su parte, aseguran que la figura es compatible
con el ordenamiento español y no temen por su continuidad. Es decir, aunque la
decisión del tribunal de garantías está en el aire, los 12.000 altos
contribuyentes (que han pagado en total 623 millones de euros) deberían moverse
para beneficiarse en caso de que el impuesto finalmente se tumbe.
Divergencias
Los expertos del REAF, a raíz de los datos de recaudación publicados
por Hacienda, han analizado al detalle el nuevo tributo y lo han comparado con
el impuesto sobre el patrimonio. Así, han puesto sobre la mesa las
“desigualdades” que se producen entre contribuyentes con la misma riqueza en
función del lugar de residencia.
Por ejemplo, altos contribuyentes con un patrimonio de cuatro millones
pagarían en 2023 apenas 5.100 euros en la figura de las grandes fortunas en
Madrid y Andalucía, las únicas regiones con bonificaciones al 100% en
Patrimonio durante 2023. Por su parte, en el resto de territorios abonarían
entre 27.000 y 60.000 euros en Patrimonio. Las diferencias aumentan a medida
que crece la riqueza neta, constatan los asesores del REAF.
Por todo ello, junto a otros detalles técnicos, los expertos piden no
prorrogar el impuesto más allá de 2024 y, al mismo tiempo, modificar algunos
puntos del impuesto sobre el patrimonio si se opta por mantenerlo, como la
posible doble imposición por el pago del IBI. De entrada, en el REAF
recomiendan la supresión del tributo por las distorsiones que produce y el
nivel de recaudación que logra (que podría ascender a los 2.000 millones si se
armonizara en todo el país). No obstante, si se mantuviese, sería conveniente
intentar solucionar problemas como la aplicación de la exención de las empresas
familiares, “clarificando su regulación para evitar la evasión y reforzar la
seguridad jurídica”. También habría que clarificar la valoración de los activos
virtuales diferentes a las criptomonedas, topar el marginal máximo de la tarifa
al 1%, y homogeneizar en todos los territorios la base imponible y el mínimo
exento.
El objetivo de estos cambios, continuó Pich, es poner fin a una
“situación insostenible, ilógica y que está tensionando nuestro sistema legal”.
Estas batallas entre administraciones (la de las comunidades del PP con el
Ministerio de Hacienda) “no son razonables”, añadió el presidente del consejo,
que también insistió en las fuertes diferencias entre regiones que hay en otros
impuestos como el de sucesiones y donaciones.
Impuesto al
plástico
La Asociación Españoles de Asesores Fiscales (Aedaf) anunció ayer la
puesta en marcha de una denuncia ante la Comisión Europea para censurar el
encaje técnico del nuevo impuesto especial sobre los envases de plástico
no reutilizables. La razón está en los “numerosos defectos técnicos”, que
exigen “una revisión en profundidad”.
La presidenta de la asociación, Stella Raventós, dijo que su
organización no discute la creación y finalidad del tributo, que persigue
controlar el uso de plástico. El problema está en la “articulación técnica y su
complejidad”.
La asociación presentó el documento El impuesto sobre los
envases de plástico no reutilizables, firmado por la abogada y miembro de
Aedaf Belén Palao. El paper incide en los defectos técnicos
del impuesto y la complejidad administrativa, que supondrá “obligaciones de
altos costes e imposible cumplimiento para miles de pymes españolas que no
están preparadas para acometerlos”.
El aluvión de consultas que ha recibido en los últimos meses la
Dirección General de Tributos sobre todo tipo de detalles alrededor de esta
figura da buena cuenta del esfuerzo que estos contribuyentes tienen que
acometer.
El impuesto, explicó Palao, impone barreras administrativas que podrían afectar a las adquisiciones intracomunitarias, por lo que podría vulnerar el tratado fundacional de la Unión Europea. Es esto lo que ha llevado a la Aedaf a pensar que el tributo podría reunir las condiciones para ser considerado “exacción de efecto equivalente, y por tanto, nulo de pleno derecho en la parte que afecta a las adquisiciones intracomunitarias”.
FUENTE: Cinco Días