Sabes que las empresas van a
acceder antes de realizar la declaración del Impuesto sobre Sociedades los
datos que la Agencia Tributaria posee sobre la sociedad, tanto si se trata de
una pequeña pyme como si es una gran empresa.
A partir del 1 de julio, la
Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT) va a poner a disposición
de los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, la información de sus
datos fiscales a efectos de la cumplimentación de la declaración del impuesto
correspondiente al ejercicio 2019.
Los datos permitirán un
chequeo preliminar de contraste, puesto que no se trasladan directamente al
modelo de declaración, como ocurría hace unos años con la declaración del Impuesto
sobre la Renta (IRPF)
Con esta actuación, la AEAT
busca una mayor certidumbre de los econtribuyentes a la hora de declarar y una
mejora en la calidad de las declaraciones presentadas, lo que redundará en un
menor número de procedimientos de control y, por tanto, la agilización de la
tramitación de las devoluciones.
Además, viene a facilitar el
trabajo a los responsables de contabilidad, auditoría, así como a asesores
fiscales y gestores administrativos.
Enfoque preventivo
La medida está recogida en el
plan Estratégico de la AEAT 2020-2023, y va dirigida a mejorar el cumplimiento
voluntario y a reducir al máximo el nivel de incumplimiento tributario por
errores o por falta de información en las sociedades que desean cumplir con sus
obligaciones tributarias.
Se ofrecen datos que forman
parte de la mecánica de autoliquidación y otros con trascendencia para calcular
el resultado contable
Fuentes de la AEAT consideran
que la puesta a disposición de datos fiscales en el IS es un paso más en una
estrategia de asistencia con un claro enfoque preventivo, de acuerdo con la
cual se anticipa información sobre situaciones o datos de los que dispone la
AEAT y que pueden ser relevantes a la hora de confeccionar la declaración del
IS, evitando incidencias que puedan dar lugar a actuaciones a posteriori.
Datos
La AEAT pone a disposición de
los contribuyentes datos fiscales de más de 70 conceptos (ámbitos(/materias)
distintos.
La información incluirá dos
tipos de datos. Por un lado, los que forman parte de la mecánica de
autoliquidación del impuesto (los pagos fraccionados realizados, las
retenciones soportadas, los importes pendientes de aplicar procedentes de
ejercicios anteriores, etc) y, por otro, los relacionados con información con
posible trascendencia a efectos del cálculo del resultado contable (por
ejemplo, gastos contables que no son fiscalmente deducibles), incluyendo otra
información y avisos que puedan resultar relevantes para la correcta
cumplimentación del modelo de declaración.
En el caso de las entidades
que tributan en el régimen de consolidación fiscal, los datos se mostrarán de
forma singular para cada una de ellas, haciendo constar el carácter de
dominante o dependiente del grupo fiscal, las participaciones entre las
empresas y el número de grupo fiscal, así como los pagos fraccionados del
grupo.
Los datos suministrados se
pueden agrupar en las siguientes categorías:
- Datos disponibles en la
Agencia Tributaria procedentes de declaraciones informativas u otras
fuentes de información procedentes de terceros.
- Datos de autoliquidaciones y declaraciones informativas del propio
contribuyente.
- Datos declarados en el modelo 200 del ejercicio 2018
correspondientes a importes pendientes de aplicar en ejercicios futuros,
indicando la casilla del modelo 200 del ejercicio 2019 en la que deberían
consignarse. Asimismo, se suministrará la información, también del año previo,
incluida en las páginas 1 y 2 (datos censales e identificativos).
- Información a tener en cuenta en la declaración, como puede ser la
relativa a sanciones y recargos emitidos y notificados por la AEAT durante el
ejercicio 2019, intereses de demora abonados por la AEAT y por otras
Administraciones durante 2019, etc...
- Epígrafes del IAE en los que consta dado de alta el contribuyente,
incluyendo el Código Nacional de Actividad Económica (CNAE) equivalente.