Primera sentencia que obliga a administradores concursales a pagar deudas a trabajadores
17 de noviembre de 2020
Primera sentencia que obliga a administradores concursales a pagar deudas a trabajadores
Discriminaron
a empleados de una empresa cárnica y deberán pagar casi 300.000 euros más
intereses
El
Juzgado de Instrucción número 2 de Cuenca ha condenado a los dos
administradores concursales -un abogado y un economista- de la empresa cárnica
«Luis Loriente S.L.» a pagar de su bolsillo 292.846 euros más intereses a 23
trabajadores de esta firma ya desaparecida a los que en 2016 discriminaron en
el abono de las cantidades económicas que les adeudaban.
La
sentencia, pionera en España, considera probado que los dos administradores
concursales alegaron que no quedaba dinero suficiente en la empresa pagar hacer
frente a las deudas pendientes que «Luis Loriente S.L.» mantenían con estos 23
empleados -21 hombres y 2 mujeres-, afiliados todos ellos al sindicato CC.OO.
Sin
embargo, los ahora condenados sí pagaron a otros empleados de la planta cárnica
e incluso saldaron deudas mercantiles con otros acreedores pese a que la Ley
Concursal obliga a atender de forma prioritaria los derechos salariales. Según
María José Mesas, secretaria general de este sindicato en Cuenca, «esta
sentencia tiene una gran trascendencia para la salvaguarda de los derechos de
los trabajadores y es pionera en España pues no existe ningún precedente de
resolución judicial que haya condenado al administrador de un concurso a
resarcir con su patrimonio el daño causado a trabajadores por postergación
indebida del abono de derechos salariales».
El
abogado y el economista ahora condenados ya fueron inhabilitados en 2018 por la
Audiencia Provincial de Cuenca para ser nombrados administradores de otros
concursos por la «inobservancia de las normas concursales que provocaron un
daño al patrimonio de trabajadores», argumento que repite la Justicia en esta
nueva sentencia.