La TGSS publica la revalorización de la renta garantizada del IMV desde el 1 de enero de 2024.
Siguiendo la noticia publicada por la revista
«seg-social», el Ingreso Mínimo Vital (IMV) subirán en el año
2024 hasta un 6,9%, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023
y en virtud de la recomendación 15ª del Pacto de Toledo.
La TGSS ha publicado una tabla con la renta garantizada prevista inicialmente para 2024:
Fuente: TGSS
En el caso de familias monoparentales, las cuantías —teniendo en cuenta
la renta garantizada como complemento de monoparentalidad 2024— serán las
siguientes:
Fuente: TGSS
En el caso de beneficiarios con algún tipo de discapacidad, las cuantías serán las siguientes:
Fuente: TGSS
En unidades de convivencia monoparentales y con beneficiarios con algún tipo de discapacidad se sumarán los complementos de acuerdo con la siguiente tabla:
Fuente: TGSS
Complemento a la infancia
El importe de este instrumento clave para luchar contra la pobreza
infantil se mantiene como en 2023 y se establece en función del número de
menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad
cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los
siguientes tramos:
Incentivo al
empleo para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aprobó en
2022 un mecanismo que garantiza que aquellos beneficiarios del Ingreso Mínimo
Vital que aumenten su participación en el mercado de trabajo incrementen su
renta disponible. Este mecanismo consiste en que una parte del aumento en sus
ingresos (gracias a rendimientos del trabajo o de la actividad económica por
cuenta propia) no se tendrá en cuenta a la hora revisar su IMV, y, por tanto, en
función de sus rentas, será posible que siga cobrando la prestación (o una
parte de la misma) a la vez que mejora sus ingresos. A esta cantidad la
llamaremos renta no computable.
En la revisión anual del IMV se aplicará el mecanismo del Incentivo al Empleo aprobado y se tomará el incremento producido con los datos de dos años anteriores. En el caso de 2024, para beneficiarios del IMV en 2023, se tendrá en cuenta el aumento de rentas del trabajo en 2023.
Fuente: Iberley