Con el objetivo de ajustarse a las normativas internacionales de tributación, el Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley que incorpora la Directiva Europea (UE) 2022/2523. Este marco legislativo establece un tipo impositivo mínimo global del 15% para los grupos de empresas multinacionales y nacionales de gran magnitud.
Esta medida es parte de la iniciativa global BEPS de la OCDE, y pretende combatir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios a jurisdicciones de baja tributación.
1. Ámbito de aplicación
La ley se aplicará a los grupos empresariales cuyo volumen de negocios consolidado sea igual o superior a 750 millones de euros, considerando los estados financieros de los dos de los últimos cuatro ejercicios.
2. Exclusiones específicas
No estarán sujetos a este nuevo impuesto los entes públicos, las organizaciones sin ánimo de lucro, ni los fondos de pensiones, garantizando que la norma se centre en entidades con grandes operaciones comerciales.
3. Impuesto complementario
Se introduce un impuesto complementario que se activará cuando las entidades de los grupos, en cada jurisdicción donde operen, tengan una tributación efectiva inferior al 15%. Este impuesto asegurará que la tributación efectiva alcanzada sea al menos de 15% en cada jurisdicción.
4. Bonificaciones y exenciones
La normativa prevé varias exenciones y bonificaciones para fomentar la generación de energía renovable y proyectos que contribuyan al bienestar socioeconómico y la lucha contra la despoblación, reflejando un enfoque fiscal que también busca promover la sostenibilidad y el desarrollo local.
Esta reforma implica que las empresas afectadas deberán revisar y posiblemente modificar sus estructuras fiscales y operativas para cumplir con el nuevo umbral impositivo. La transparencia, la gestión adecuada de la información financiera y la planificación fiscal estratégica serán más importantes que nunca.
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