El modelo 347 es una declaración informativa obligatoria que deben presentar empresas y autónomos para comunicar a la Agencia Tributaria (AEAT) las operaciones realizadas con terceros que superen los 3.005,06 euros (IVA incluido) en un año natural. Aunque no implica el pago de impuestos, es crucial para mantener la transparencia fiscal y evitar posibles sanciones.
Este formulario tiene como objetivo detallar las transacciones significativas realizadas con clientes, proveedores y otras entidades. Su función principal es permitir que la Agencia Tributaria cruce datos entre las partes implicadas para detectar posibles discrepancias fiscales.
Límite de 3.005,06 euros: Este monto se calcula como el total acumulado de las operaciones con un mismo tercero durante el año, incluyendo el IVA. Aunque ninguna factura individual supere este importe, es obligatorio presentar la declaración si la suma total supera el límite.
No todos deben presentar este modelo. Quedan exentos aquellos que cumplan con algunas de las siguientes condiciones:
Deben declararse todas las operaciones con terceros que superen el límite de 3.005,06 euros en un año, como:
El plazo para presentar el modelo 347 correspondiente al ejercicio 2024 comenzó el 1 de febrero de 2025 y finalizará el 28 de febrero de 2025. Si el último día del plazo coincide con un sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el siguiente día hábil.
No presentar este modelo a tiempo puede dar lugar a sanciones económicas. Además, si se presentan datos erróneos o incompletos, la Agencia Tributaria podría requerir la corrección, lo que implica un coste adicional en tiempo y recursos.
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Más información: Agencia Tributaria: Plazos de presentación
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